POR UNA REPARACIÓN VERDADERA

SI ERES UN EX - PRESO POLÍTICO O EXILIADO EN LA DICTADURA Y PIENSAS QUE SE DEBE EXIGIR QUE A LOS LUCHADORES SE LOS REPARE VERDADERAMENTE, Y QUE LA LEY 18033 PERMITA TENER UNA JUBILACIÓN O CUALQUIER INGRESO SIN QUE SE SUSPENDA LA PENSIÓN REPARATORIA, UNETE A NUESTRA VOZ.

miércoles, 27 de julio de 2011

JUSTAS DEMANDAS DE CRYSOL

POR UNA LEY QUE NO

QUITE PENSIÓN A
LOS EXPRESOS POLÍTICOS

DEL URUGUAY









El jueves 14 de julio pasado, en la sede social, de CRYSOL la Asamblea General Extraordinaria (Plenario) Resolvieron:...

Demanda al Poder Ejecutivo de una nueva ley




Resolución aprobada
Considerando que las diferentes LEYES REPARATORIAS aprobadas desde el retorno a la institucionalidad democrática, en especial durante el anterior gobierno, han sido un gran avance pero insuficiente a la luz de las obligaciones del Estado uruguayo de acuerdo a las normas internacionales de DDHH, muy especialmente la Resolución 60/147 de las Naciones Unidas y la Convención Internacional contra la Tortura para superar los daños ocasionados por el Terrorismo de Estado, afirmar la institucionalidad democrática plena y avanzar hacia laefectivizacióndel Nunca Más.
Entendiendo que aprobar una ley que supere las carencias, omisiones e insuficiencias de la Ley 18 596 en la actual legislatura, en tiempo humanamente útil para el colectivo es de enorme importancia y trascendencia.
La Asamblea General Extraordinaria de CRYSOL resuelve:


1) Que sin perjuicio de otras demandas y aspiraciones globales del colectivo, el logro en la actual legislatura y a la brevedad posible, de una ley que supere las carencias, omisiones e insuficiencias de la ley 18 596 es un objetivo de primer nivel del colectivo al cual se le destinarán todos los esfuerzos que sean necesarios.


2) Aprobar el Plan de trabajo elaborado por la Comisión de Asuntos Políticos y DDHH para iniciar la campaña del colectivo en pro de dicha ley que comienza por un junta de firmas de ex presas y de ex presos políticos demandando dicha ley y a entregar al Presidente de la República con una concentración masiva frente a la Torre Ejecutiva el jueves 13 de octubre de 2011, a la hora 15.


3) Establecer que los requisitos de la nueva ley que se solicitará al Poder Ejecutivo son:


a) asegurar que todas y todos los ex presos políticos, puedan acceder a jubilarse cualquiera sea el número de años de aportes formales al BPS.
b) eliminar la discriminación de los ex-presos políticos que fueron liberados antes del 9 de febrero de 1973 y permitir que perciban la PER, Artículo 11 de la Ley 18.033.
c) compatibilizar el cobro de la PER con las jubilaciones y pensiones propias, incluyendo las pensiones desobrevivencia
d) conceder la PER a todos los ex-presos políticos sin restricciones ni limitaciones de ningún tipo
e) establecer que el monto mínimojubilatoriode la ley 18033 sean 8,5 BPC para todos los beneficiarios que no perciban la PER.
f) permitir que la PER pueda ser percibida por aquellos ex presos que estuvieron detenidos más de 180 días sin haber sido procesados, compatibilizando, al respecto, los plazos de la ley 18 033 y de la 18.596
j) asegurar que todos los ex presos políticos perciban el mismo monto de PER tomando en cuenta lo que perciban al día de hoy los primeros beneficiarios de ella
k) reparar a los niños y adolescentes de la época de la dictadura que eran familiares directos de los ex-presos políticos.
l) dar cumplimiento al Artículo 14 de la Convención Internacional contra la Tortura indemnizando a tod@s quienes la padecieron
m) incrementar los montos indemnizatorios establecidos por la ley Nº 18.596 para todos los beneficiarios de la misma, en sintonía con lo dispuesto por la resolución de la CIDH para el caso Gelman vs. Uruguay
n) asegurar explícitamente el derecho a la libre opción del prestador de salud que consagró el Artículo 10 de la Ley Nº 18 596 y que el Decreto 297/10 conculcó
o) amparar en la ley 18 033 a quienes fueron despedidos por razones políticas, gremiales o ideológicas desde el 27 de junio de 1973 al 28 de febrero de 1985.
4. Ratificar la vigencia de CRYSOL como la organización de todas y de todos los ex presos políticos para el logro de esta reivindicación que solamente será alcanzada en base a la más amplia unidad, organización y movilización de todas y de todos.
(El texto de la carta a presentar al Presidente de la República será finalizado por la Comisión de AAPP y DDHH junto con la Comisión Directiva a la mayor brevedad para comenzar la movilización)


NOTICIAS URUGUAYAS - postaporteñ@ nº 593 - 2011-07-25

POR UNA VERDADERA LEY REPARATORIA PARA LOS EX -PRESOS POLÍTICOS Y EXILIADOS, NO LA 18033 QUE IMPIDE TRABAJAR O JUBILARSE

sábado, 16 de julio de 2011

INJUSTAMENTE ASESINADO

El compañero Luis Muzzio, "el paqui" ha muerto de la manera más injusta, cuando estaba trabajando y lo quisieron asaltar.
Nuestro homenaje a un luchador,
¡presente!
¡ hasta la victoria siempre.!
POR UNA VERDADERA LEY REPARATORIA PARA LOS EX -PRESOS POLÍTICOS Y EXILIADOS, NO LA 18033 QUE IMPIDE TRABAJAR O JUBILARSE

sábado, 9 de julio de 2011

EL LÍQUIDO, EN LA MANO, NO EL NOMINAL,ANTES DE LOS DESCUENTOS

Aparentemente la organización de ex – presos políticos de la dictadura militar, Crysol, ha resuelto hacer algo en defensa de los compañeros a los que se ha despojado de su merecida pensión reparatoria.
Merecida porque no es un regalo, sino como su nombre lo dice, una reparación por lo sufrido en los cuarteles y las cárceles, por las torturas, las capuchas, los plantones, el submarino,etc.
Los compañeros en su vejez están sufriendo una nueva persecución, con citaciones en días y horas absurdas, con la angustia de verse despojados de un ingreso con el que contaban y que en parte está gastado de antemano, por deudas contraídas pensando que era algo seguro, que lo que los legisladores concedieron no podía ser arrebatado de modo autoritario.
Aparentemente, porque hasta ahora son sólo palabras, y ninguna acción concreta se ha tomado.
Bien se dice que los “compañeros”(y las comillas son porque su accionar no es de tales)  que dirigen el BPS deberían tomar en cuenta el ingreso líquido y no el nominal, ya que la ley dice sólo “ingresos”, y no aclara si son nominales o líquidos.
Y en el nominal están incluídos el IRPF ,los aportes a la seguridad social, etc,etc.
Ya que son tan legalistas, deberían leerla de nuevo.
Y como bien dice Crysol, ahí hay ingresos que son de una sola vez, que no son permanentes, y que hacen que el margen establecido se pase por muy poco en varios de los casos de las decenas de afectados (40 dicen algunos, 49 otros, y 70 ha dicho un dirigente de una organización de jubilados en CX 36).
Nuestra voz es la de los que no tienen voz, nacida para marcar a fuego un despojo que se pretendía realizar en silencio. Que otras voces se unan a la nuestra para protestar por lo que se quería hacer calladitos, entre gallos y medias noches.
Una gota con ser poco, con otra se hace aguacero.
¡Arriba los que luchan, siempre!

POR UNA VERDADERA LEY REPARATORIA PARA LOS EX -PRESOS POLÍTICOS Y EXILIADOS, NO LA 18033 QUE IMPIDE TRABAJAR O JUBILARSE

miércoles, 6 de julio de 2011

OTRAS VOCES PROTESTAN

LA REPARACIÓN DE LA

LEY 18033 TIENE

VARIOS CRÍTICOS





Uruguay


Salieron en diarios y correo electrónico
criticas a la suspensión de la
PER y a la reparación de la ley




Aparecen criticas a la suspensión de la PER y a la ley 18033 en diarios (La Republica, una carta de lectores) y una nota de La Diaria (consultas al presidente de CRYSOL).
También se transcribe una comunicación de correo electrónico de un ex delegado de CRYSOL a la Comisión de la 18033 enumera las grandes carencias que presenta esta ley que termina limitando a los expresos políticos, con lo que finalmente no cumple a cabalidad las obligaciones que tiene el estado uruguayo con la reparación.

En este caso no se trataría solamente de ver el vaso medio vacio, el problema es que el vaso solo esta quizás un cuarto de volumen lleno solamente.

Por lo que con todo respeto, hay un problema real con el BPS y el gobierno uruguayo y no simplemente un problema de algunos individuos.
Hay demasiadas coincidencias en que esta ley ya hizo agua.
Es efecto también de lo pobre de las pasividades y de que aumentan menos que los salarios sin dudas.

Pero esto se agravo pues ha habido una filosofía de aplicación que ha tomado siempre la manera mas desfavorable de calcular y de permitir, con lo que termina en este momento haciendo más daño que reparación para muchos, creando un conflicto que difícilmente se podía prever.

Saludos cordiales a los lectores y a la columna libre de la Posta Porteña

Noticias Uruguayas


siguen,los 3 hechos que son:



1) comunicación de Gastón Grisoni con la enumeración de falencias de la ley



2) Nota aparecida en La Republica el 28 de junio pasado y transcripción del sitio

http://justiciaenuruguay.blogspot.com/ que habla sobre la quita de la PER


3) Nota aparecida en La Diaria donde Martínez de CRYSOL, consultado, indica que harían gestiones ante BPS para calcular con los líquidos y no con los brutos como lo hicieron ahora (lo que no esta en la ley)



1) correo de Gastón Grisoni

Limitaciones de la Ley 18 596



15.04 10

1) Siguen vigentes las disposiciones que impiden a todas las víctimas acceder a la verdad y a la justicia (Impunidad).

2) No incorpora dentro de los universos de víctimas a los niños y adolescentes de la época que eran familiares directos de las y de los ex presos políticos.

3) No establece la disculpa pública por parte del Estado.

4) No le da carácter de ley a la transformación del Calen y otros centros represivos en Espacios de Memoria.

5) Los montos indemnizatorios previstos para los familiares de los detenidos desaparecidos y asesinados son inferiores sensiblemente a los establecidos por el Poder Judicial.


6) Las indemnizaciones no se otorgan en forma prioritaria a los familiares directamente perjudicados sino que se distribuyen proporcionalmente por todos los beneficiarios.

7) Confunde la Per del Artículo 11 de la Ley 18 033 con la indemnización prevista por la Resolución 60/147 de las Naciones Unidas por el conjunto de daños económicamente evaluables y por lo mismo excluye de los beneficios de la misma a importantes sectores de víctimas del terrorismo de Estado.

8) Siguen estando excluidos de percibir la PER del Artículo 11 de la Ley 18 033 quienes tienen ingresos superiores a las 15 BPC.


9) Siguen estando excluidos de percibir la Per del Artículo 11 de la Ley 18 033 quienes fueron liberados antes del 9 de febrero de 1973.

10) Siguen estando excluidos del beneficio de la Per del Artículo 11 de la Ley 18 033 los ex presos políticos que se ampararon a leyes tales como la 15 737, 15 783 y similares y que no están jubilados o en situación de pasividad.

11) Se impide que la Per pueda sumarse a las legítimas jubilaciones obligando en los hechos a renunciar al cobro de beneficios legítimos.

12) Las viudas y viudos de ex presos políticos continúan percibiendo solamente el 66% de la Per y deben renunciar además al cobro de sus legítimas jubilaciones y pensiones para ello.


13) Continúa habiendo diferencias económicas entre la Per que perciben los ex presos políticos en función del momento de ingreso al sistema previsional.

14) Continúan estando excluidos del amparo a la Ley 18 033 quienes fueron despedidos luego de la huelga general y durante el período dictatorial.

15) Sigue sin darse potestades a la Comisión Especial de la Ley 18 033 para que otorgue la Per del Artículo 11 a todas aquellas personas que sin reunir todos los requisitos mencionados por la norma, a juicio de ella, la merecerían por el tiempo de detención aunque no fueran formalmente procesados o no llegaran al año de detención


16) A pesar de que la Ley 18 596 no cumple a cabalidad con las disposiciones de la Resolución 60/147 se impide que quienes se amparen en ella puedan realizar juicios reparatorios tanto a nivel nacional como internacional (Art. 22)



2) Nota de La Republica




SE QUEBRÓ EL SILENCIO 28/6/11 (publicado en el diario La República)



LO QUE SE DA NO SE QUITA



Señor Director de LA REPÚBLICA

Dr. Federico Fasano Mertens

No todos saben que existe una ley, la 18.033, que trata de reparar algunas de las injusticias cometidas por la dictadura militar, y por eso es llamada "LEY REPARATORIA".


Por ella pueden acceder a una pensión o a una jubilación quienes fueron presos políticos o exiliados, y sufrieron torturas, prisión, malos tratos o simplemente la angustia de abandonar su patria con lo puesto, dejando atrás familias y posesiones.
Esta ley tiene varias injusticias: los que trabajan no pueden tener una jubilación, y la pensión, y cuando se retiren deben optar

Eso no es reparatorio.

Otra injusticia es que no puedan trabajar todo lo que quieran, pues si pasan de un determinado límite de ingreso, se les suspende la reparación. Eso no es reparatorio.

La reparación, si es tal, debería ser independiente de cualquier otro ingreso. Porque si no, no es reparación.

En estos días decenas de luchadores contra la dictadura están viendo que se les retira su reparación por haber superado el límite de ingresos.


¿Ningún legislador popular puede reparar estas injusticias?


Por una verdadera reparación para los presos políticos y exiliados de la dictadura, sin topes de ingresos ni prohibición de tener una jubilación.
La Ley 18.033 no es verdaderamente REPARATORIA.

Por verdadera justicia para los uruguayos.



http://justiciaenuruguay.blogspot.com


Más de lo publicado y Tomado de: http://justiciaenuruguay.blogspot.com/

SI ERES UN EX - PRESO POLÍTICO O EXILIADO EN LA DICTADURA Y PIENSAS QUE SE DEBE EXIGIR QUE A LOS LUCHADORES SE LOS REPARE VERDADERAMENTE, Y QUE LA LEY 18033 PERMITA TENER UNA JUBILACIÓN O CUALQUIER INGRESO SIN QUE SE SUSPENDA LA PENSIÓN REPARATORIA, ÚNETE A NUESTRA VOZ.
1/7/11

¿SERÁ QUE NECESITABAN FONDOS FRESCOS?


La suma de dinero que logrará el BPS dejando de pagar pensiones reparatorias y cobrándoles supuestas deudas por haberse excedido en sus salarios a los ex – presos políticos, ¿Será para financiar acciones demagógicas con otros pasivos?
Esos cientos de miles de pesos quizá sirvan para hacerse los buenitos ofreciendo pasividades de hambre a otros ancianos.
¿Era ese el espíritu de la pretendida ley REPARATORIA, o compensar a quienes sufrieron en la dictadura?

2/7/11


¿FOMENTANDO EL ATORRANTISMO?


La filosofía de la supuesta ley REPARATORIA 18033 es que no conviene laburar.
En efecto, aquellos que cobren sólo la pensión REPARATORIA y no trabajen, o que trabajen poco, no tendrán nunca problema para cobrarla.
En cambio aquellos que quieran una mejor vida para su familia y quieran acercarse a la canasta familiar (el doble de la pensión REPARATORIA), van a ser privados de ese ingreso.
Así lo están experimentando en carne propia decenas de luchadores por la libertad que se ven privados de un ingreso con el que contaban para organizar sus años de vejez, por haber cometido la terrible falta de trabajar de más.


¿Se fomenta el atorrantismo?

3/7/11

SE QUITA POR UN LADO Y POR EL OTRO

Los ex presos políticos de la dictadura militar que están siendo despojados de su pensión REPARATORIA, han cometido un terrible pecado: ser TRABAJADORES, ganar un salario y pagar los aportes al BPS además del IRPF.
Pero estos aportes no son tomados en cuenta para nada, pues el ingreso que se les considera para decir que se han excedido es el nominal.
No importa que sean ciudadanos que pagan puntualmente sus impuestos, ni que parte de lo que les daban se lo sacaran de sus sueldos.
Esto no es reparación para los que sufrieron la dictadura.
Es un MAMARRACHO

POR UNA VERDADERA LEY REPARATORIA PARA LOS EX -PRESOS POLÍTICOS Y EXILIADOS, NO LA 18033 QUE IMPIDE TRABAJAR O JUBILARSE



3) Nota La Diaria viernes 1/7/11, pagina 4



CRYSOL Reclama Por Pensiones



La Organización de ex presos políticos CRYSOL realizará un planteo a las autoridades del Banco de Previsión Social (BPS)

luego de que unos 40 ex presos advirtieran que su pensión REPARATORIA fue suspendida porque el monto de los sueldos nominales superó el límite previsto en la ley 18.033, esto es, 15 bases de Prestación y Contribución equivalentes actualmente a 33.390 pesos.
El secretario general de CRYSOL, Julio Martínez, explicó a La Diaria que ese monto es calculado por el BPS sumando los ingresos totales de la persona divididos entre 12 y que este cálculo abarca aguinaldos y otros aditivos.
Los afectados plantean que se haga sobre el ingreso líquido ya que la mayoría de los ex presos pasan la cifra "por centésimos" por cobrar por única vez determinados incentivos o compensaciones por presentismo o productividad. Luego de sistematizar los casos, adelantó Martínez, formularan la demanda ante el BPS.



NOTICIAS URUGUAYAS - postaporteñ@ nº 581 - 2011-07-04
POR UNA VERDADERA LEY REPARATORIA PARA LOS EX -PRESOS POLÍTICOS Y EXILIADOS, NO LA 18033 QUE IMPIDE TRABAJAR O JUBILARSE

domingo, 3 de julio de 2011

SE QUITA POR UN LADO Y POR EL OTRO

Los ex presos políticos de la dictadura militar que están siendo despojados de su pensión reparatoria, han cometido un terrible pecado : ser  TRABAJADORES, ganar un salario y pagar los aportes al BPS además del IRPF.
Pero estos aportes no son tomados en cuenta para nada, pues el ingreso que se les considera para decir que se han excedido es el nominal.
No importa que sean ciudadanos que pagan puntualmente sus impuestos, ni que parte de lo que les daban se lo sacaran de sus sueldos.
Esto no es reparación para los que sufrieron la dictadura.
 Es un MAMARRACHO

POR UNA VERDADERA LEY REPARATORIA PARA LOS EX -PRESOS POLÍTICOS Y EXILIADOS, NO LA 18033 QUE IMPIDE TRABAJAR O JUBILARSE

sábado, 2 de julio de 2011

¿FOMENTANDO EL ATORRANTISMO?

La filosofía de la supuesta ley reparatoria 18033 es que no conviene laburar.
En efecto, aquellos que cobren sólo la pensión reparatoria y  no trabajen, o que trabajen poco, no tendrán nunca problema para cobrarla.
En cambio aquellos que quieran una mejor vida para su familia y quieran acercarse a la canasta familiar (el doble de la pensión reparatoria), van a ser privados de ese ingreso.
Así lo están experimentando en carne propia decenas de luchadores por la libertad que se ven privados de un ingreso con el que contaban para organizar sus años de vejez, por haber cometido la terrible falta de trabajar de más.
¿Se fomenta el atorrantismo?

POR UNA VERDADERA LEY REPARATORIA PARA LOS EX -PRESOS POLÍTICOS Y EXILIADOS, NO LA 18033 QUE IMPIDE TRABAJAR O JUBILARSE

viernes, 1 de julio de 2011

¿SERÁ QUE NECESITABAN FONDOS FRESCOS?

La suma de dinero que logrará el BPS dejando de pagar pensiones reparatorias y cobrándoles supuestas deudas por haberse excedido en sus salarios a los ex – presos políticos, ¿Será para financiar acciones demagógicas con otros pasivos?
Esos cientos de miles de pesos quizá sirvan para hacerse los buenitos ofreciendo pasividades de hambre a otros ancianos.
¿Era ese el espíritu de la  pretendida ley reparatoria, o compensar a quienes sufrieron en la dictadura?

POR UNA VERDADERA LEY REPARATORIA PARA LOS EX -PRESOS POLÍTICOS Y EXILIADOS, NO LA 18033 QUE IMPIDE TRABAJAR O JUBILARSE