POR UNA REPARACIÓN VERDADERA

SI ERES UN EX - PRESO POLÍTICO O EXILIADO EN LA DICTADURA Y PIENSAS QUE SE DEBE EXIGIR QUE A LOS LUCHADORES SE LOS REPARE VERDADERAMENTE, Y QUE LA LEY 18033 PERMITA TENER UNA JUBILACIÓN O CUALQUIER INGRESO SIN QUE SE SUSPENDA LA PENSIÓN REPARATORIA, UNETE A NUESTRA VOZ.

viernes, 15 de febrero de 2013

HASTA QUE ALGÚN SORDO QUIERA OIR


"Hace años que LOS SIN VOZ predicamos en el desierto, reclamando sobre todo a los compañeros parlamentarios que modifiquen las leyes reparatorias para :
 - permitir a las víctimas de la dictadura fascista jubilarse por sus años de trabajo sin perder la pensión reparatoria(PER)
_ que los exiliados tengan la misma reparación que los presos políticos
 _ que se pueda trabajar y ganar sueldo, sin topes que hagan perder la PER
 SI ES REPARACIÓN POR HABER SIDO TORTURADOS, ENCARCELADOS Y TENER QUE VIVIR LEJOS DE SU PATRIA DURANTE EL FASCISMO, DEBE SER INDEPENDIENTE DE SUELDOS Y JUBILACIONES.
ES UN TEMA POLÍTICO, Y COMO TAL DEBEN RESOLVERLO LOS QUE QUIEREN REPARAR VERDADERAMENTE A LOS COMPAÑEROS QUE PUSIERON EL PELLEJO PARA ENFRENTAR A LAS HORDAS FASCISTAS, Y QUE POSIBILITARON CON SU LUCHA QUE HOY OCUPEN BANCAS EN EL PARLAMENTO.
 CON SU SILENCIO LOS REVICTIMIZAN."


POR UNA VERDADERA LEY REPARATORIA PARA LOS EX -PRESOS POLÍTICOS Y EXILIADOS, NO LA 18033 QUE IMPIDE TRABAJAR O JUBILARSE

1 comentario:

  1. Los jubilados amparados por la ley 18033 tenemos que movilizarnos para que el MONTO MINIMO JUBILARARIO DE LA LEY 18033 SEA DE 8,5 BPC.
    Este reclamo, conjuntamente con otros, le fueron presentados al Sr. Presidente Mujica en abril del 2011.
    Lo presentado como reclamo en el punto 7 era:

    7- Enviar al Parlamento, por parte del Poder Ejecutivo, una ley modificativa de la Ley de Reparación 18.596 para solucionar sus carencias e insuficiencias, y para compatibilizarla con lo dispuesto en la sentencia de la CIDH en beneficio de todas las víctimas del Terrorismo de Estado abordando los siguientes aspectos:

    a) reparar en la ley a los niños y adolescentes de la época de la dictadura que eran familiares directos de los ex-presos políticos.

    b) dar cumplimiento al Artículo 14 de la Convención Internacional contra la Tortura.

    c) eliminar la discriminación de los ex-presos políticos que fueron liberados antes del 9 de febrero de 1973 y permitir que perciban la PER, Artículo 11 de la Ley 18.033.


    d) extender la PER a todos los ex-presos políticos sin exclusiones.

    e) compatibilizar el cobro de la PER con las jubilaciones y pensiones propias.

    f) incrementar los montos indemnizatorios establecidos por la ley para todos los beneficiarios, en sintonía con lo dispuesto por la resolución de la CIDH.

    g) Establecer que el monto mínimo jubilatorio de la ley 18033 sean 8,5 BPC.

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