POR UNA REPARACIÓN VERDADERA

SI ERES UN EX - PRESO POLÍTICO O EXILIADO EN LA DICTADURA Y PIENSAS QUE SE DEBE EXIGIR QUE A LOS LUCHADORES SE LOS REPARE VERDADERAMENTE, Y QUE LA LEY 18033 PERMITA TENER UNA JUBILACIÓN O CUALQUIER INGRESO SIN QUE SE SUSPENDA LA PENSIÓN REPARATORIA, UNETE A NUESTRA VOZ.

miércoles, 7 de septiembre de 2011

INJUSTICIAS DE LA JUBILACIÓN ESPECIAL

TOMAMOS DE "POSTA PORTEÑA"

Sobre la PER de los Expresos Políticos

Hola compas:
 Algo más acerca de lo escrito.
a)  CRYSOL   se ha preocupado siempre por los detenidos y exiliados.
No está mal Su preocupación es respecto a la gente que cobra la PER. No está mal. Pero es bastante "egoísta", porque los compañeros/as que cobran la "jubilación especial", ¡también han sido víctimas del terrorismo de estado!
b) A quienes cobran la PER, se les permite trabajar, tener una unipersonal o monotributo, siempre que no se pasen de un límite (concuerdo con lo que han escrito)... pero a los que reciben la "jubilación especial, 5 bases de prestaciones, la cuarta parte de la canasta) se les prohíbe trabajar en nada, tener aunque sea un monotributo... por ej., para tener un kiosco, un puestito en la calle o en la feria, ser modista o dar clases particulares, cuidar un niño o anciano, en fin. Hacer algo que le llene la vida, que -además- le permita aumentar en algo sus ingresos.
He leído un millón de veces la ley.
 Lo que dice es que la persona "no puede recibir dos prestaciones del BPS, es decir, no puede recibir además de la jubilación por la ley 18033 otra jubilación o pensión".
 Sin entrar a analizar la justeza o no de esto, pero viendo el tema objetivamente, si quien recibe la jubilación por ley 18033, quisiera tener un monotributo (por ej.), debería pagar al BPS por éste. Por tanto no recibiría ninguna prestación adicional de este banco, y en cambio, ¡le  pagaría!
Además, siguiendo con la observación objetiva, para recibir dicha jubilación  se debería tener como  mínimo 60 años. Significa que si esa persona se quisiera algún día jubilar por el monotributo, según la ley, debería optar, por eso o por la ley 18033.
Pero para poder jubilarse por el monotributo debe trabajar con él durante 30 años, lo cual daría sus 90 años de vida, si tiene suerte y llega...
Como ven, sin modificar en nada esa ley, tan solo INTERPRETANDOLA correctamente, el BPS se equivoca.
EN fin, lo que me "molesta" (para mantener el nivel de educación) es que Crysol que es una ONG, o como sea, se haya "apropiado" de un lugar en dicha comisión, y aún así, "jugar para el contrario".
Además, si Uds., pudieran obtener los datos, que yo pedí a Crysol pero no me los dieron, averigüen: la enorme cantidad de compañeros y compañeras, (mayoría hombres) que fueron víctimas del terrorismo de estado, y que han muerto tempranamente (58, 60, 65 68 años...) Y me enteré, lamentablemente, que varios se han suicidado.
Sería muy valedero e importante que se ocuparan más de estos temas, y denunciarlos. Yo apenas esto  lo que puedo decir...
Muchos /as si dejaran de recibir la PER o la jubilación por ley 18033 estarían en situación de calle... ¿cuantos suicidios más?
Saludos.
Graciela

POR UNA VERDADERA LEY REPARATORIA PARA LOS EX -PRESOS POLÍTICOS Y EXILIADOS, NO LA 18033 QUE IMPIDE TRABAJAR O JUBILARSE

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